1824-1828, Borrés: El Marqués de Ayerbe interpone un recurso a los vecinos por negarse a pagar una renta de tri2o, avena y dinero
Transcurrido ya casi el primer cuarto del siglo XIX han sucedido cosas muy importantes en España que suponen unos cambios graduales que van a posibilitar el paso de la sociedad del antiguo régimen a la sociedad liberal, de una monarquía absolutista a otra constitucional. Y esto va repercutir, como no, en el régimen señorial. Ciertamente, no será fácil, la nobleza se resiste a ir perdiendo sus privilegios pero los campesinos cada vez son más reticentes a seguir siendo tratados casi como en los tiempos medievales. Después de la Constitución de 1812 ya nada será igual que en tiempos precedentes, pues se dibuja un nuevo horizonte. Con el regreso de Fernando VII se paraliza ese proceso de cambio hasta que en 1820, con el pronunciamiento de Riego, se restablece de nuevo la Constitución que estará vigente durante tres años. Son años en los que se intenta avanzar en la construcción de ese estado liberal y en el que las gentes más humildes vislumbran la posibilidad real de quitarse una servidumbre hacia sus señores. Ejemplo de ello lo tenemos en Borrés. En efecto, durante esos años del trienio constitucional los vecinos de este pueblo dejan de pagar la renta que venían pagado "desde siempre" a su señor, el Marqués de Ayerbe. Pero se llega a finales del año 1823. Fernando VII, con la ayuda exterior de la Santa Alianza, ha conseguido restablecer el absolutismo lo que conlleva volver otra vez al pasado. Y en estas circunstancias los señores de la nobleza vuelven a reclamar "lo que les correspondía". Así, don Pedro Ignacio Jordán de Urriés interpone un recurso contra el Ayto. y vecinos de Borrés para que le reintegren la renta que han dejado de pagar esos años. Se inicia un contencioso que va a durar cuatro años.
El Marqués nombra a cuatro procuradores para que le lleven el asunto en la Real Audiencia de Zaragoza, siendo don Pedro Nolasco Guillén el que mayor protagonismo adquiere. Además, nombra a don Agustín Estaún, vecino de Biescas, como apoderado y administrador de las rentas de la Baronía de Larrés.
El 9 de diciembre de 1823 se traslada a Borrés don Agustín Estaún, con dos testigos de Jaca, para requerir y hacer saber a su Ayto.las rentas que tenían pendientes. A saber H la obligación de pagar al Señor Temporal diez cahices, dos fanegas de trigo, nueve cahices, dos fanegas de abena y ocho libras jaquesas de renta anual... que ha satisfecho constantemente a mi Principal y sus Administradores... hasta el año pasado de 1820...(pero)...en el periodo del sistema constitucional se negaron a su pago... ". Ahora, pues, se les reclama los atrasos de esos tres años. Esa tarde de diciembre el mencionado Estaún y los testigos que le acompañan se dirigen a c.asa del Sr. Manuel Miranda, alcalde del pueblo, H...y preguntando por él a su muger Orosia Estaún nos respondió no estar y buscando al regidor Francisco Ferrer tampoco pudimos dar con éste". Al día siguiente no encuentran a nadie del Ayuntamiento. Insisten otro día más, el once de diciembre "de madrugada y al estar celebrándose la misa, bolvimos a dicho lugar de Borrés desde el de Larrés y esperando se saliese de dicha misa para al mismo tiempo coger a los hombres tampoco lo pudimos lograr por haverse ido como de escape afuera del pueblo". Está claro que los de Borrés no estaban por la labor. Las mujeres, niños y ancianos del pueblo dicen no saber nada. Deciden ir a casa de Miguel Rabal, uno de los más ancianos, a leerle el escrito y dejarle copia, pero éste también se había fugado. Poco tiempo después, al irse del pueblo, comprueban que la copia estaba tirada en la calle cerca de la casa de Rabal. Queda clara la voluntad de seguir sirviendo los de Borrés a su señor de Larrés. Los tiempos estaban cambiando y si el clero tenía verdaderos problemas para recaudar los diezmos, los nobles los tenían para recaudar sus rentas.
Pocos días después, el diecisiete, los de Larrés, Borrés y Cartirana le envían a Agustín Estaún un escrito. Los alcaldes de estos lugares eran Marcelo Ubieto, Manuel Miranda y Pascual Ara, respectivamente; el documento lo firman sus secretarios Dionisio Aquilué, Matías Rabal y Francisco Sánchez, pues aquellos no saben escribir. Manifiestan que la voluntad de los vecinos de pagar no es mucha y que deberán tomarse un tiempo para decidir.
En febrero de 1824, don Pedro Nolasco Guillén, procurador del Marqués en Zaragoza, insiste en que debe pagarse esa renta y
"...que será necesario congregar al concejo para hacerle saber la providencia... ". Para demostrar que tiene razón el Marqués consigue que tres testigos declaren a su favor:
- Domingo Isaval, labrador, 63 años, de Gavín
Declara que don Pedro Ignacio J ordán de Urriés hasta el 7 de marzo de 1820
"estubo y esta va en la posesión de cobrar de los vecinos de dicho pueblo mediante lista que entrega va el Ayto... ". Tiene una sobrina casada en Borrés, Antonia Gil, con Matías Rabal. Va a Borrés desde que es muchacho y siempre ha visto que han pagado al Marqués salvo los años constitucionales.
- Basilio Ferrer, carpintero, 61 años, de Biescas.
Confiesa igualmente que va mucho a Borrés y que le pagaban al Marqués. Además señala "que hará unos quince años poco más o menos, que dos sobrinos suyos, hijos de dicha villa de Biescas, tubieron en arriendo los drechos y renta de dicho marqués de Ayerve en Borrés por tiempo de tres años... "
- José Abarca, molinero de trigo, 36 años, de Senegüé.
Declara lo mismo que los anteriores
"...ya mayor abundamiento puede decir también que ha estado en el molino arinero del lugar de Larrés once años hasta el más cerca pasado de 1823, y hasta el veinte vio traher a los vecinos de Borrés y entregar en el Granero del de Larrés al Apoderado de dicho marqués de Ayerve la referida renta...y esto se lo repitieron infinitas veces cuando ivan a moler grano... ".
En marzo el Marqués obtiene una Real Provisión y la traslada a Borrés a través de don Agustín Estaún y el Escribano Real de Jaca. Se presentan en Borrés el día 21 de mayo, por la mañana, dirigiéndose a casa del alcalde en la que su mujer Orosia Estaún responde "que su marido está en el campo". Le advierten que no se esconda como la otra vez pues "ahora venía con una Real Provisión de la Real Audiencia de este Reyno". Al día siguiente se reúnen el alcalde Manuel Miranda, el regidor José Estaún y los vecinos componentes del concejo (Matías Rabal, Francisco Ferrer, Benito Rabal, Pedro Vizcarra, Antonio Piedrafita, Thomás Galindo y Martín Ferrer), leyéndoles el Escribano la Real Provisión. Algo que ya había hecho días antes "...sobre lo mismo a los lugares de Larrés, Cartirana y Sasal". Es decir, todos se negaban a pagar. Estas reuniones no tuvieron la respuesta esperada por el marqués.
El tres de junio, el procurador don Pedro Nolasco Guillén insiste ante la Audiencia al negarse a pagar los de Borrés. Suplica que el Alcalde mayor de Jaca exija a los vecinos por apremio todas las cantidades que adeudan, dando de plazo 15 días bajo multa de 50 ducados.
El día 25, se reúnen en Larrés el alcalde y regidor de este pueblo con los de Borrés y Cartirana "todos conforme y ninguno de nos discrepante" ante el Escribano de Jaca don Gregario Pérez. Lo hacen para nombrar a ocho procuradores de Zaragoza para que puedan comparecer ante el Presidente, Regente y oidores de la Real Audiencia. Y es que los acontecimientos estaban tomando un cariz muy preocupante.
El procurador que representa a Borrés, don Josef de Altura, se niega al reintegro de la renta. Este alega que los de Borrés son los verdaderos dueños de los montes y términos; que cultivan sus heredades, las arriendan, venden y traspasan libremente, sin que jamás hayan pedido permiso ni licencia al Marqués ni a su Apoderado, "...ni que hayan pagado jamás luismo, fadiga, ni otro género de prestación que indicase que otro tubiere el dominio directo de ellas". Todo en la misma forma que "otros pueblos libres y realengos".
No se dan por conformes en la parte contraria. Y, aunque ha fallecido el Marqués, su mujer doña María Juana Bucareli y Bucareli continúa con el proceso y solicita otra Real Provisión. Estamos a mediados de agosto de1824 y el escribano de Jaca don Gregorio Pérez se traslada a Borrés para hacerles sabyr tal Real Provisión a sus vecinos. En ella se les acusa de rebeldía y se les exige todas las cantidades que deben. Desde luego, nada nuevo. Se vuelve a insistir en octubre y en noviembre, por fin, los de Borrés dicen "que están enterados del asunto" y que van a pagar pero piden se les libre de la multa. Asimismo, expresan "...que no les compete llevar los granos desde Borrés al granero que el Marqués tiene en Larrés pues bastante hacen con que se verifique el pago en su pueblo" .
Un auto del 15 de noviembre establece que se entreguen los granos como siempre se ha hecho y no como piden los de Borrés. Para ello se dice que pase por el pueblo el escribano de Jaca "para evitar todo altercado y entorpecimiento en la conducción de los granos al punto al que hasta de presente lo han verificado aquellos vecinos". El día 24 de noviembre se presentan en Borrés el Alcalde mayor de Jaca, el escribano Gregorio Pérez, el Alguacil Bonifacio Ganil "con el auxilio de un cavo y quatro soldados", y el Administrador Agustín Estaún. Nos podemos imaginar la estampa de la llegada y presencia de semejante comitiva en un pequeño pueblo como Borrés. Desde luego, para impresionar. Los Jordán de Urriés, al final, se salen con la suya. Los de Borrés pagaron y condujeron los granos hasta Larrés "siguiendo el drecho y costumbre de antiguo". También pagaron las 10 libras jaquesas y 65 reales de vellón por razón de costas, incluidas en éstas "la dieta que legítimamente se les ha cargado a dichos vecinos". O sea, el pueblo llano a pagar y el poderoso recobrando los viejos privilegios. No lo olvidemos, estamos en la década ominosa de Fernando VII. Pronto llegarán tiempos algo mejores.
Pero la cosa no acaba aquí, ni mucho menos. Pagados los atrasos ahora se exige estar al día. Así, en mayo de 1825 se les reclama las rentas de ese año. Pasado el verano, responde el Ayuntamiento que lo que dejan a deber es "a causa de la pobreza y miseria en que se halla enbuelto dicho pueblo..., no siendo justo que en tal caso se apremie a unos vecinos que se hallan agoviados y sumergidos en la miseria por las crecidas e insoportables cargas que han satisfecho... ".
Pero no hay piedad para estas pobres gentes. En noviembre de 1825 los marqueses extraen de los archivos de la Real Audiencia ("del cajón once, ligamen quarto, número cinco", se precisa) una escritura otorgada en Jaca el 14 de febrero de 1737. Ante el notario y escribano público Juan Abarca, de Biescas, se constituyen de una parte don Josef Galindo, arcediano de Ansó y dignidad de la catedral de Jaca, en nombre de don Pedro Jordán de Urriés, hijo de don Benito Ignacio quien en esos momentos se encontraba "privado del uso de la razón e incapacidad de poder gobernar dichos bienes y estados"; de la otra parte, don León Martón, canónigo doctoral de la catedral de Jaca, en representación de los pueblos de Larrés, Borrés y Cartirana. Se detallan los vecinos que componen esos concejos; eran los siguientes:
- Larrés:
Viturián Sanvicente: alcalde y juez ordinario
Francisco Escolano y Silvestre de Allué: regidores
Pedro Galindo: síndico procurador
Luis Galindo, Miguel Casasús menor, Miguel Sanvicente, Domingo Villacampa, Pedro Miguel Tomás, Pedro Tomás yJosé de Bergua: vecinos Marco Borderas y Andrés Tomás: testigos (maestro boticario y su mancebo)
- Borrés:
Tomás Casasús: teniente de alcalde ordinario
Alejandro Escolano: regidor
Pedro Estarrués: síndico procurador Justo Abarca, Domingo Ferrer, Miguel Galindo, Lorenzo Ferrer y Pasqual Pérez: vecinos
Josef Galindo y Juan Escolano: testigos (presbítero rector de Borres y mancebo, respectivamente)
- Cartirana:
Miguel Navasa: teniente de alcalde ordinario
Juan Sánchez: regidor
Antonio Cañardo: síndico procurador Nicolás Orós y Josef Fatás: vecinos Marco Borderas y Miguel Casasús: testigos (maestro boticario de Larrés y su mancebo).
Las dos partes se reunían para aclarar "el modo de repartir las contribuciones reales". Se acuerda que don Pedro Jordán de Urriés deberá pagar cada año la contribución correspondiente a mes y medio; el resto del pago se repartirá entre los vecinos. Como se ve un acuerdo desigual y muy favorable al marqués.
Ahora, en 1825, se queja Pedro Nolasco Guillén, representante de la marquesa viuda, de que lo acordado en 1737 no lo quieren cumplir los de Borrés, quienes piden que la mitad de esa contribución la pague el marqués y así "por este medio burlar el pago de los derechos dominicales" .Añade que no se cree lo que alegan "pues han tenido últimamente muy buenas cosechas" .
A comienzos de diciembre de 182: don Miguel Gorriz, en nombre del Ayto. de Borrés, pide más plazo para el pago y comenta "...que es una casualidad haya recivido la carta por ser pueblos donde no hay hijuela" (camino o vereda que atraviesa desde el camine real o principal a los pueblos de otros sitios algo desviados de él; también, expedición postal que lleva las cartas a los pueblos que están fuera dt la carrera). Refiriéndose al acuerdo de 173) aduce que fue consecuencia "de la jurisdicción vasallaje y predominio que exercían los señores en aquel tiempo...y no de la voluntad de 1m pueblos, oo. y por consiguiente fue nulo el acto,..y que solo podía surtir efecto en un tiempo el que los dueños temporales eran no solo dueños si es Reyes de sus pueblos". Efectivamente, los tiempos eran ya otros y en pleno siglo XIX ese régimen señorial debía eliminarse. De tal manera "...debe abolirse y hecharse por tierra una escritura que contiene el pacto tan duro y cruel de haber de pagar el lugar de Borrés la contribución de diez meses y medio... Y lo peor es que todabía le dura y la ejerce (la jurisdicción pretendiendo cobrar ocho escudos anuales como se los han pagado por razón de azofras : jornales, cuya prestación se ha considerado siempre como emanante de la jurisdicción, : por consiguiente debe abolirse; sobre cuya
prestación y otras tratará mi parte en juicio seprado". Queda claro, pues, que el pueblo llano considera llegada la hora de sacudirse esa: pesadas cargas y vasallaje que todavía tenían que soportar cuando ya habían transcurrido bastantes años desde que había triunfado la revolución en el país vecino.
Pero el procurador Pedro Nolasco Gui llén sigue insistiendo en el tema e incluso ad vierte que" ...antes bien, si alguna noveda, hubiese de hacerse en esto parece devía ser I beneficio de los Señores, en razón de habe sido abolidos varios derechos y prerrogativa de que antes gozaban... ".
Transcurrido ya casi un año, a finale de octubre de 1826, la marquesa vuelve al carga a través de su procurador, aseverand cosas como las siguientes: "oo. como siempr
existía la raiz de la animosidad y resistencia no hicieron más que salir del paso y cumplieron en aquella parte que bastaba para liberarse de la multa..., pero al fin tubo lugar la compasión y la Marquesa permitió que se suspendiese el apremio bajo la garantía de que el respiro que iban a lograr había sólo de servir para cubrir las rentas con menos quebranto... Pero esta gracia solo ha producido el efecto de aumentar su insolencia pues no solo no han pagado lo que devían de los años anteriores sino que se han negado a pagar la pensión del año corriente,... sin duda que se han propuesto el placer de mortificar a la Marquesa obligándola a que cada año moleste la atención del tribunal con recursos y gastos en despachos y diligencias". Esto ya no hay quien lo detenga por mucho que se lamente el estamento mobiliario.
A comienzos de 1828 la Marquesa vuelve a demandar al Ayto. y vecinos de Borrés. Su procurador Pedro Nolasco Guillén solicita otra Real Provisión recurriendo a argumentos como estos: "...porque o bien la Marquesa ha de renunciar al cobro, o se ha de decidir contra sus compasibos sent(mientos a consumar la ruina de unos hombres.;que con el tiempo escitarán su lástima..., de.modo que ahora se comenten dos injusticias, una respecto a la Marquesa porque sus drechos se hacen más odiosos y de peor condición, y/a otra respecto de unos infelices colonos queJla arbitrariedad del Ayto. y de los ricos pon'e como un blanco contra las acciones de la Marquesa a
fin de desacreditarla...". La Real Provisión se traslada a Borrés a través del Escribano Real de Jaca, Francisco Javier Pequera.
El uno de febrero se reúnen con el Escribano don Jose Estaún, el alcalde, Benito Rabal, el regidor, Francisco Ferrer, Manuel Miranda, Pedro Vizcarra, Tomás Ara, Tomás Biescas y Lorenzo Ferrer, componentes del concejo. Se hacen eco de la notificación y nada más.
Un año después, el 30 de enero de 1829, la Marquesa prácticamente se da por vencida al comprobar que los de Borrés han resuelto que tienen el asunto muy claro: ya no quieren pagar las rentas que han pagado "desde tiempo inmemorial". El procurador suyo debe reconocer "...que esta causa se mandó sustanciar en Estrados en reveldía del Ayuntamiento y Conceio de dicho Pueblo...". El régimen señorial en España estaba a punto de fenecer después de tantísimo tiempo. Este caso de los de Borrés es un claro ejemplo de los muchos que sucedieron en la época.